domingo, 19 de mayo de 2013

Pago de las vacaciones LOTTT

¿Cuánto me pagarán en estas vacaciones? si están próximas sus vacaciones, le dejo este Formato recibos de pago de las vacaciones LOTTT para que lo utilice a manera de guia. En el pago de las vacaciones laborales, la gran mayoría de los patronos se hacen los locos y no cumplen con el pago de lo establecido en la LOTTT, esto es de ley, normas de orden público y si no cumple, el obrero solamente debe guardar los recibos de pago y denunciar por escrito ante el Inspector del trabajo y solicitar el pago de la diferencia . Si usted quiere saber ¿Cuanto le toca en estas vacaciones.


Del salario que aplica para el pago de las vacaciones

La ley orgánica para el trabajo, trabajadores y trabajadoras define el salario de la siguiente manera: 
LOTTT: ARTÍCULO 104
Se entiende por salario la remuneración, provecho o ventaja, cualquiera fuere su denominación o método de cálculo, siempre que pueda evaluarse en moneda de curso legal, que corresponda al trabajador o trabajadora por la prestación de su servicio y, entre otros, comprende las comisiones, primas, gratificaciones, participación en los beneficios o utilidades, sobresueldos, bono vacacional, así como recargos por días feriados, horas extraordinarias o trabajo nocturno, alimentación y vivienda. Los subsidios o facilidades que el patrono o patrona otorgue al trabajador o trabajadora, con el propósito de que éste o ésta obtenga bienes y servicios que le permitan mejorar su calidad de vida y la de su familia tienen carácter salarial. A los fines de esta Ley se entiende por salario normal, la remuneración devengada por el trabajador o trabajadora en forma regular y permanente por la prestación de su servicio. Quedan por tanto excluidos del mismo las percepciones de carácter accidental, las derivadas de la prestaciones sociales y las que esta Ley considere que no tienen carácter salarial. Para la estimación del salario normal ninguno de los conceptos que lo conforman producirá efectos sobre si mismo. Salario para vacaciones.

Artículo 121. LOTTT
El salario base para el cálculo de lo que corresponda al trabajador o trabajadora por concepto de vacaciones, será el salario normal devengado en el mes efectivo de labores inmediatamente anterior a la oportunidad del disfrute. En caso de salario por unidad de obra, por pieza, a destajo o a comisión, será el promedio del salario normal devengado durante los tres meses inmediatamente anteriores a la oportunidad del disfrute.


Del cálculo de la alícuota de utilidades para el pago de las vacaciones LOTTT


Aunque la palabra logre intimidar, este cálculo se realiza de una manera sencilla, por ejemplo, en el caso de un trabajador que cobre 30 días de utilidades al año, estos 30 días se dividen entre los 360 días que dura el año: 30/60= 0,0833 este valor lo multiplicamos por el salario normal del trabajador (promedio)el resultado de esta multiplicación será la alícuota diaria de utilidades que le sumará al salario normal, entonces tenemos:0,0833 x 72= 6, así pues que de una manera sencilla y rápida hemos obtenido la alícuota de utilidades que se la sumará al salario normal de las vacaciones el cual es igual a: 72+ 676.
Los elementos que integran el pago de las vacaciones LOTT
Bono Vacacional, Bono Vacacional adicional, Dias de Vacaciones, Dias de vacaciones adicionales, Cesta Ticket. En relación al pago de la cesta ticket, este concepto los patronos todavía luchan para no hacerlo, sin embargo es de ley y es deber de los trabajadores hacer valer sus derechos, en tal sentido el legislador patrio dice lo siguiente. 
Artículo 190. LOTTT Cuando el trabajador o la trabajadora cumpla un año de trabajo ininterrumpido para un patrono o una patrona, disfrutará de un período de vacaciones remuneradas de quince días hábiles. Los años sucesivos tendrá derecho además a un día adicional remunerado por cada año de servicio, hasta un máximo de quince días hábiles. Las vacaciones que se interrumpan por hechos no imputables al trabajador o a la trabajadora, se reactivarán al cesar esas circunstancias. Durante el periodo de vacaciones el trabajador o la trabajadora tendrá derecho a percibir el beneficio de alimentación, conforme a las previsiones establecidas en la ley que regula la materia. Durante el periodo de vacaciones no podrá intentarse ni iniciarse algún procedimiento para despido, traslado o desmejora contra el trabajador o la trabajadora. El servicio de un trabajador o una trabajadora no se considerará interrumpido por sus vacaciones anuales, a los fines del pago de cotizaciones, contribuciones a la Seguridad Social o cualquiera otra análoga pagadera en su interés mientras preste sus servicios.

39 comentarios:

  1. mis vacaciones se vencen el 01 de enero del año 2014 pero yo las tomo en julio. este año yo renuncie el 18/ de enero del 2014 y en mi liquidacion sale 16 dias de vacaciones mas 17 de bono vacacional pero no vi los dias no laborables como el año pasado por que ?

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  2. hola saludos, les comento que me fui de vacaciones antes del 1ro de mayo y me las dieron con el sueldo viejo, al llegar pregunte si me tenían que pagar alguna diferencia y el patrono me dijo que no me correspondía porque estaba de vacaciones sera verdad esto???

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    1. Artículo 121. LOTTT
      El salario base para el cálculo de lo que corresponda al trabajador o trabajadora por concepto de vacaciones, será el salario normal devengado en el mes efectivo de labores inmediatamente anterior a la oportunidad del disfrute. ( La misma ley lo estupula asi)

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    2. Buen dia, esto quiere decir que si un trabajador se va de Vacaciones el 19/09/2016 su calculo debe hacerse con el salario que devengo en Agosto? Osea no se supone que las vacaciones es una cancelacion del salario por adelantado, porque debe hacerse con el salario anterior?

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    3. Buen dia, esto quiere decir que si un trabajador se va de Vacaciones el 19/09/2016 su calculo debe hacerse con el salario que devengo en Agosto? Osea no se supone que las vacaciones es una cancelacion del salario por adelantado, porque debe hacerse con el salario anterior?

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    4. La ley no puede interpretarse mediante la lectura de un solo articulo estos siempre deben estar en concordancia con otros artículos de la misma y aplicar el que más beneficie al débil jurídico, si aplicamos literalmente lo indicado en el articulo 121 y el anticipo resultante queda por debajo del salario mínimo vigente para el mes de disfrute de vacaciones estaríamos contraviniendo lo estipulado en los artículos 99, 129 y 130 de la misma LOTTT por los cual en este caso sí aplica un pago de retroactivo o diferencia en caso contrario procede las sanciones indicadas en el articulo 130.

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  3. BUENAS TARDES QUISIERA SABER CUANTO ME TOCARIA DE LIQUIDACION POR UN AÑO DE TRABAJO CON LAS VACACIONES QUE YA SE ME VANCIERON PRESTACIONES Y ANTIGUEDAD YA QUE NO ESTOY REGISTRADO EN EL SEGURO SOCIAL

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  4. Buenas tardes, con mucho respeto discrepo en lo estipulado para el salario a tomar para calcular las Vacaciones, en donde uds dicen que hay que tomar en cuenta la alicuota de utilidades, eso no esta establecido en la LOTTT, y en mi opinion si las vacaciones y bono vacacional forman parte del calculo de las utilidades entonces ningun concepto debe formar parte del calculo de si mismo. Para mi las vacaciones y bono se calculan con salario normal y en caso de salario variable con el promedio de los ultimos tres meses

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  5. hola buenas noches mi pregunta es que a mi las vacaciones me la pagan en diciembre entonces mi duda es que si las tienen que calcular con el sueldo de noviembre o de diciembre...? espero respuestas muchas gracias

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    1. Artículo 121. LOTTT
      El salario base para el cálculo de lo que corresponda al trabajador o trabajadora por concepto de vacaciones, será el salario normal devengado en el mes efectivo de labores inmediatamente anterior a la oportunidad del disfrute. (Lamentablemente la misma ley lo estupula asi)

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    2. Estimada Minoria Fuentes, veo con preocupación que se apega mucho al pie de la letra del artículo 121 de LOTTT y le ha servido de respuesta con la acotación de que lamentablemente la misma ley lo estipula así. Si apartamos la forma y razonamos el fondo de este artículo, pues no creo que en una ley en la que se busca beneficiar al trabajador se considere pagar vacaciones con salario del mes anterior(mes calendario)así como muchos parecen estarlo percibiendo. Tenemos que tomar en cuenta que los trabajadores ingresan en diferentes fechas y causan su antigüedad mensual por períodos de un mes cumplido y no por mes calendario. Una persona que ingresa el 15 de enero cumplirá un mes el 15 de febrero siguiente. Esto hay que aclararlo y este artículo 121 de LOTTT precisamente hace referencia a eso cuando habla de salario devengado en el mes efectivo de labores inmediato anterior al disfrute(no es mes calendario) es el último salario normal que viene devengando al corte de cumplir un año de servicios, por lo que tomará sus correspondientes vacaciones con el último salario normal y con el que cierra el período del mes 12. Por otro lado, por principios de retroactividad, y como el salario adelantado es precisamente eso, un adelanto, pues desconocemos lo que sucederá más adelante, en el caso de un aumento de salario, deberá ajustarse la diferencia que en su momento no se pagó. Es mi apreciación y disculpe no compartir la suya así como no espero comparta usted la mía.

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    3. La ley no puede interpretarse mediante la lectura de un solo articulo estos siempre deben estar en concordancia con otros artículos de la misma y aplicar el que más beneficie al débil jurídico, si aplicamos literalmente lo indicado en el articulo 121 y el anticipo resultante queda por debajo del salario mínimo vigente para el mes de disfrute de vacaciones estaríamos contraviniendo lo estipulado en los artículos 99, 129 y 130 de la misma LOTTT por los cual en este caso sí aplica un pago de retroactivo o diferencia en caso contrario procede las sanciones indicadas en el articulo 130.

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  6. buenos dias, tengo una duda a parte del pago de las vacaciones mas el bono vacacional se debe cancelar a los empleados la quincena? así estén de vacaciones?

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  7. una empresa puede descontar de la utilidades los reposos asi sean justificados por el ivss segun que por cada dia no trabajado sera descontado de las utilidades resp por favor

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  8. un vecino lo votaron hace tres meses ahora esta presentando una enfermedad laboral hernia columna el puede demandar a la empresa o llegar a un acuerdo resp por favor

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  9. una empresa puede descontar de la utilidades los reposos asi sean justificados por el ivss segun que por cada dia no trabajado sera descontado de las utilidades resp por favor

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  10. buenos dias, me gustaria me informaran en relacion a las vacaciones, en la empresa donde laboro, generalmente dan las vacaciones para la primera o segunda semana de diciembre pero este año decidieron darlas antes, o sea, para el 27 29 de noviembre 2015, el caso es que hubo cambio de salario minimo a partir del 1 de noviembre, la emprsa calcula al salario minimo anterior, ya que es el mes inmediatamente anterior segun la ley, me gustaria saber si es correcto?, gracias

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  11. Buenas tardes, a las vacaciones fraccionadas por renuncia se le calculan días feriados????

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  12. Buenas tardes si mi mes anterior a mis vacaciones, estuve de reposo, es valido que me calculen mis vacaciones por el monto que saque ese mes? siendo el salario menor a lo que gano?

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  13. Buenas tardes si mi mes anterior a mis vacaciones, estuve de reposo, es valido que me calculen mis vacaciones por el monto que saque ese mes? siendo el salario menor a lo que gano?

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  14. cobro semanal me fui de vacaciones en el 22 de agosto, aumentaron a partir del 1 de agosto y cobre retroactivo en la nomina semanal antes de irme pero me calcularon con sueldo de julio, para mi deberia ser con el sueldo de agosto

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  15. Hola, alguien que por favor me pueda ayudar.
    si parte del personal de una empresa se va de vacaciones en Diciembre, y decretan un aumento en Enero a estas personas hay que pagarle retroactivo? los días que le correspondan?

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  16. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  17. Buenas tardes tengo una duda la empresa otorgo vacaciones colectivas a partir del 16 de diciembre de 2016, y nos reintegramos el 18 de Enero de 2017, el Gobierno anuncia un incremento del salario minimo a partir del 01 de Enero al pagarnos esta quincena nos informan que por estar e vacaciones no nos corresponde el retroactivo de la primera quincena basandose en el artículo 121 LOTTT, esta correcta esa aplicación o si deben pagarnos el retroactivo de esos día Gracias por su repuesta

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  18. quisiera saber si estando de vacaciones tienen que pagarme mi 15na normal asi este de vacaciones??

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  19. buenas tardes tengo una duda, el año pasado sali embarazada mis vacaciones correspondian para el mes de octubre pero ya para ese tiempo me encontraaba de reposo postnatal me informan del trabajo que apenas terminara el reposo comenzaria el disfrute de vacaciones mas el pago correspondiente el cual comenze el 6 febrero, desde el 1 de enero se hizo un incremento de sueldo. mi pregunta es : deben pagarme con el sueldo actual-? o con el sueldo q me correspondia el año pasado?

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  20. si no se cumple con una clausula de el contrato como hacer para que cumplan

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  21. Buenos días,me nace el derecho a las vacaciones todos los 01 de Septiembre de cada año, éste año inicie mi disfrute el día 03, sin embargo en el organismo donde laboro, me cancelan el bono vacacional en la última quincena del mes en que nace mi derecho(30/09/2017), la pregunta es la siguiente... si tomamos en cuenta el art. 121 de la lottt y es un hecho que el bono debe ser cancelado por adelantado, es decir en el mes efectivo inmediatamente anterior al "disfrute", porqué? mi bono es calculado con el sueldo que devengaba para el mes de agosto? sin tomar en cuenta el aumento salarial de septiembre, cuando correspondía el pago efectivo antes del disfrute? Finalmente ya tengo 11 años trabajando para esta institución y siempre me pagaban con el ultimo sueldo devengado al momento del disfrute, y ahora por el cambio de autoridades deciden aplicar la ley como mejor les parece. No creen que se trata de una injusticia, ya regrese de mis vacaciones y aun no he recibido mi bono vacacional? acaso se aplica la ley según conveniencia? Si esta es una irregularidad donde puedo denunciar o pedir asesoría? necesito apoyo y respuesta urgente. Agradecida

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  22. Buenas noches, necesito saber por favor si un trabajador tiene 25 años laborando en una entidad cuantos dias le corresponde en vacaciones y bono vacacional ademas de los adicionales, se de los topes pero la duda es inmensa de cuantos dias debe estar reflejado en el recibo, gracias

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  23. Buenas tardes, quisiera saber si el aumento salarial decretado por el Presidente de la República inside en las vacaciones, ejemplo: mis vacaciones son del 20 de diciembre al 28 de enero, el aumento es en enero deben pagarme la diferencia de los dias de vacaciones de enero?

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  24. buenos dias sali de vacaciones y no me pagaron el bono vacacional que puedo hacer en ese caso

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  25. buenas tardes necesito asesorarme en cuanto al pago de mis vacaciones, sali el 17 de septiembre y me pagaron con sueldo viejo mientras que ya el sueldo minimo esta en 1800 Bs.S. esta bien que me hallan pagado con sueldo viejo ya que el sueldo minimo esta superior a mi sueldo viejo. y tengo entendido que no se puede pagar por debajo del sueldo minimo necesito un articulo que me diga eso ya que talento humano dice que no me corresponde el pago con sueldo nuevo y me piden ese articulo para pagarme la diferencia

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  26. Hola buenos dias, tengo una consulta que hacer, en mi caso cumplo el año afectivo para tomar mis vacaciones el 2 de octubre, pero en el mes de agosto debi hacer un viaje por terapias medicas de mi hijo y se me adelantaron las vacaciones y por ende el bono vacacional, despues de esto el ejecutivo realizo el ajuste del salario minimo lo cual aumentaria mi bono vacacional, mi pregunta es si aun que se me haya adelantado el bono vacacional en agosto, ¿ me corresponderia recibir la diferencia del bono vacacional ya que el mismo se cumplia efectivamnete en octubre ???? necesito algun basamento legal para poder hacer el reclamos de dicha diferencia ya que recursos humanos de la empresa no me reconoce tal diferencia.

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  27. Buenos dias tengo una duda y he leido todos los items si un trabajador sale devacaciones el 03 de enero del 2019 tiene derecho a cobrar el aumento presidencial que entro en vigencia a partir del 15 del mismo mes? de antemano gracias

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  28. Buenos dias
    Mi consulta es que sali de vacaciones y hubo un incremento del sueldo, estando de vacaciones me corresponde o al reintegrarme?

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  29. Buenas tardes, saludos cordiales. Si el incremento del salario minimo se hizo el 15 de abril, con que salario se debe calcular el bono vacacional de Mayo?

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  30. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  31. Buenos días, mi fecha de ingreso es el 01 de enero, el pago de mis vacaciones es la primera quincena de enero, sin embargo en ese ente publico pagan casi en febrero la 1er quincena, decretaron un aumento salarial el 01 de enero, el disfrute de mis vacaciones sera efectivo a partir del 26 de febrero, dicen que no me corresponde dicho aumento para el calculo de dichas vacaciones; PORQUE ?

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  32. Buenas tardes, el artículo 121 de la LOTTT cuando se refiere al mes inmediatamente anterior al que nace el derecho a las vacaciones se refiere a mes calendario??

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