domingo, 19 de mayo de 2013

cumplimiento de los nuevos lineamientos en materia laboral.


Con la finalidad de evitar sanciones, a continuación se presentan los siguientes lineamientos, los cuales todo centro de trabajo debe poseer:
 
 1.)
Identificación del Centro de Trabajo en lugar visible: Nombre de la Entidad de Trabajo y Registro de Información Fiscal (RIF)
 2.) Avisos que deben estar publicados en lugares visibles:
 2.1) Ambiente 100% libre de humo de tabaco (Gaceta Oficial Nro.39.627 del 02-03-2011.
 2.2) Contra la discriminación (Artículo 8 de la Ley Contra la Discriminación de cualquier índole).                                                                                                         
2.3) Derecho al trabajo de las personas con discapacidad (Articulo 28 de la Ley de Discapacidad, actualmente Diversidad funcional y Articulo 290 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los trabajadores y las trabajadoras. LOTTT)
2.4) Prohibido Uso de Armas de Fuego (Gaceta Oficial Nro. 39.928); exigencia del Ministerio del Interior y Justicia.
 3,) Cartelera Informativa en la cual se encuentren visibles todas las Solvencias de las Obligaciones Parafiscales (IVSS, INCES, BANAVIH, MINPPTRASS).
4.) Índices de Accidentabilidad (Frecuencia Bruta, Frecuenta Neta y Severidad).
5.) Carpeta contentiva de los documentos que se indican a continuación:
-Registro Mercantil.
-Registro de Información Laboral (NIL).
-Última Declaración Trimestral ante el MINPPTRASS.
-Registro ante el INCES y Último Pago Trimestral.
-Cédula Patronal del IVSS (Constancia de Inscripción), último pago al IVSS y Solvencia vigente (emitida por el Sistema TIUNA).
- Constancia de Afiliación FAOV, último pago al BANAVIH y Solvencia emitida por el Sistema FAOV.
- Listado de Trabajadores Activos (Datos Básicos: Nombre completo, cédula de identidad, fecha de ingreso, cargo desempeñado y salario devengado).
- En caso de existir Contratistas, Cooperativas o Similares prestando servicio en el Centro de Trabajo, se debe presentar el Contrato de Servicios.
-Ficha Informativa de cada Trabajador(a) según Formato adjunto.
-En caso de que el Trabajador(a) sea contratado(a) a tiempo determinado o para una obra determinada, a la Ficha Informativa se le debe anexar el Contrato de Trabajo.
-En caso de que el Trabajador(a) sea Discapacitado, se debe anexar a la Ficha Informativa el Registro ante la Comisión Nacional para Personas con Discapacidad (CONAPDIS), la Forma CDP 003-14
-(Evaluación Médica donde se Certifica la discapacidad) y copia fotostática del Carnet que lo (la) identifica como discapacitado(a).
- En caso de tener trabajadoras embarazadas, se debe mantener en la Carpeta el último eco realizado o si la trabajadora ya está de reposo pre o post natal, se debe anexar *sólo el reposo médico expedido por el IVSS.*
- En caso de existir trabajadores(as) con enfermedades ocupacionales, se deben anexar las evaluaciones médicas practicadas.
- En caso de existir Aprendices INCES, se debe anexar la última evaluación realizada por el INCES.
-Plan de Recreación y Esparcimiento.
-Plan de Formación para los Trabajadores(as).
-Listado de Trabajadores Egresados en el último Trimestre.

-Otras Informaciones de Interés
a) La Declaración Trimestral a través del Portal del MINPPTRASS seguirá suspendida hasta nuevo aviso; no obstante, es mi recomendación que se realicen en forma manual. Se conoció además, que las futuras Declaraciones serán totalmente automatizadas y la Página emitirá directamente el Certificado de Aprobación.

b) La Solvencia Laboral se solicitará de acuerdo al procedimiento ya conocido.

c) Para la aprobación de los nuevos Horarios de Trabajo, se les recuerda que deben presentar el escrito correspondiente ante la Inspectoría del Trabajo con el fin de obtener respuesta en cuanto a la aprobación del mismo.

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